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26 de Abril, dia mundial de la propiedad intelectual


La campaña de sensibilización "La Salud en el Milenio: una firma pendiente" de Farmacéuticos Mundi y Medicus Mundi Catalunya hace balance de la situación actual del acceso a los medicamentos y los derechos de la Propiedad Intelectual con motivo del Día Mundial de la Propiedad Intelectual, mediante la opinión del economista de la salud: Joan Rovira

Acceso a medicamentos, innovación y objetivos del milenio
Joan Rovira, Universidad de Barcelona.

La meta 17 del octavo Objetivo de Desarrollo del Milenio se refiere al acceso de la población de los países en desarrollo a medicamentos esenciales asequibles.

Es obvio que el acceso a medicamentos asequibles es un requisito para disfrutar un nivel de salud satisfactorio. Por otra parte, existe evidencia de que unos 2 billones de personas no disfrutan de dicho acceso, de los cuales, según la OMS, aproximadamente el 80% vive en países de renta baja y otro 20% en países de renta media. Sin embargo, sería erróneo considerar el problema de acceso a los medicamentos como un problema propio de los países pobres. El bajo nivel de renta y las limitaciones de los sistemas de salud constituyen ciertamente dos de las principales causas de la falta de acceso a los medicamentos en los países pobres, pero el problema está exacerbado por los elevados precios de algunos medicamentos, especialmente, los más nuevos. La causa de estos elevados precios hay que buscarla, por lo menos en parte, en los mecanismos que promueven y orientan la investigación, fundamentalmente, las patentes y otros derechos de exclusividad de mercado (protección de datos de prueba, marcas, etc), que dejan la iniciativa para determinar el volumen y orientación de dicha investigación en función de los objetivos de rentabilidad de las empresas, ciertamente legítimos, pero no siempre eficaces ni eficientes en términos de prioridades sociales. Estos mecanismos dan lugar a precios muy elevados de los nuevos medicamentos. En los países ricos con sistemas de salud universales este coste lo asume la sociedad en su conjunto, pero en los países con bajo nivel de renta, con sistemas de salud insuficientemente desarrollados, la población tienen que pagar por los medicamentos, por lo que sólo las élites de alto poder adquisitivo pueden acceder a dichos productos. Por otra parte, la exclusividad de mercado derivada de los derechos de propiedad no constituye un incentivo para invertir en investigación en el caso de enfermedades propias de la pobreza, dado que no existe una demanda solvente del producto final.

El tema de los Derechos de Propiedad Intelectual (PI) es complejo y extraño a las preocupaciones habituales de la mayor parte de los profesionales sanitarios. Sin embargo, una comprensión básica de sus efectos, tanto positivos como negativos, es esencial para que se genere el necesario debate social sobre las características y el papel que deben tener para promover el desarrollo y el bienestar social. Las patentes tienen muchas ventajas como mecanismo de estímulo a la innovación, una de ellas es que constituyen un mecanismo descentralizado: cualquier individuo o empresa que tiene una idea que cree interesante para la sociedad puede desarrollarla dedicando su tiempo y recursos. Si tiene éxito, las patentes le permitirán recuperar la inversión realizada y obtener beneficios que compensen el riesgo que ha asumido. No hace falta que un organismo burocrático, y tal vez miope, apruebe la iniciativa y le asigne los recursos que necesita para la investigación y el desarrollo de la innovación que alguien imaginó.
Pero no tiene justificación, tampoco, suponer que la perspectiva de un monopolio sea el único o el mejor incentivo para todo tipo de actividad innovadora. La tecnología espacial y bélica son un ejemplo claro de que existen formas alternativas de promover la innovación, especialmente cuando está claro el objetivo a conseguir, situación que se da frecuentemente en el ámbito de la innovación biomédica y farmacéutica.

Concebir el problema de acceso a los medicamentos simplemente como un problema de pobreza tiene severas limitaciones. Por una parte, olvida que los elevados precios de los medicamentos están creando graves problemas financieros a muchas familias y a la mayoría de los sistemas de salud de los países ricos. Por otra parte, ignora que la causa de los precios elevados de los nuevos medicamentos recae en parte en los Derechos de Propiedad Intelectual, una institución que los países ricos estamos imponiendo a los pobres. Finalmente, puede conducir a afrontar el problema exclusivamente mediante donaciones y descuentos a los países más pobres. Posiblemente no deben despreciarse las iniciativas de este tipo, especialmente si se lleva a cabo desde con un enfoque multilateral - como el Fondo Global para el SIDA, la tuberculosis y la malaria - y sin exigir a los receptores contrapartidas políticas inaceptables. Para los países más pobres se trata probablemente de una de las pocas opciones que tienen a corto plazo para mejorar sustancialmente el acceso a los medicamentos. Sin embargo, los países en desarrollo no desean un mecanismo graciable y dependiente de una continua voluntad de caridad por parte de los países ricos, sino un orden internacional más justo, que les permita progresar en la senda del desarrollo de forma autónoma y sin dependencias.

No se trata de negar los efectos positivos que han tenido históricamente los Derechos de Propiedad Intelectual para el progreso tecnológico y el desarrollo de muchos países. Pero es necesario reconocer también sus limitaciones en la consecución de determinados objetivos, así como la posibilidad o necesidad de modificar las formas específicas que adoptan en un momento y lugar determinados. En concreto, más protección de la Propiedad Intelectual no implica automáticamente más innovación, en algunos casos, lo contrario es lo cierto. Por otra parte, un sistema de PI internacional uniforme no es lo mejor para todos los países. Pero esto es exactamente lo que estamos intentando imponer los países industrializados a todos los países del mundo, olvidando que los actuales países desarrollados pudimos decidir sin apremios el tipo de protección más conveniente en cada etapa del proceso de desarrollo (por ejemplo, Suiza introdujo la patente de medicamentos en 1967) sin presiones ni apremios por parte de los demás países.

En definitiva, se trata de un tema crucial tanto para el desarrollo y acceso a nuevos fármacos, aunque no sea obviamente la única causa, así como para otros objetivos más amplios de desarrollo económico y bienestar social, que requiere un análisis sin prejuicios y, posiblemente, la introducción de nuevos enfoques complementarios o alternativos. La Comisión de Derechos de Propiedad Intelectual, Innovación y Salud Pública (CIPIH por sus siglas en inglés), creada hace unos dos años por la OMS, ha emitido recientemente (3 de Abril de 2006) su informe de conclusiones[1] en el que hace 50 recomendaciones, tales como considerar un plan de Investigación+Desarrollo global, prevenir de los peligros de los tratados de libre comercio para la salud pública, y la adopción por parte de la WHO de un papel más proactivo en el ámbito de los Derechos de PI.
Por otra parte, Brasil y Kenia sometieron recientemente (23-28 de Enero de 2006) a la Comisión Ejecutiva de la OMS una resolución defendiendo el establecimiento de un "marco global sobre salud esencial y desarrollo" para su consideración en la próxima Asamblea Mundial de la Salud[2]. La resolución propone que se estudien propuestas para establecer un marco global para apoyar investigación basada en necesidades, coherente con temas de interés general y que se asegure que los tratados bilaterales de comercio no limiten las flexibibilidades y salvaguardas del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relativos al Comercio (ADPIC), como son las licencias obligatorias, que permiten que un país produzca el genérico del medicamento, aún bajo patente, en caso de crisis de Salud Pública, o las importaciones paralelas, que permiten al país que no tiene capacidad de fabricar el genérico, importarlo desde otro país.

Sin duda, algo se mueve en el tema de los derechos de Propiedad Intelectual y la innovación en medicamentos: se cuestionan verdades tradicionalmente aceptadas sin evidencia clara que las apoyase y se proponen opciones alternativas y complementarias.

La innovación tecnológica ha propiciado, en general, el desarrollo económico y social. ¿No es lógico que se deba innovar también en los mecanismos para promover la innovación y el acceso?

[1]http://www.who.int/intellectualproperti/documents/thereport/en/index.html


[2]http://www.who.int/gb/ebwha/pdf_files/EB117/B117_R13-en.pdf